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FIDIC 1999 vs 2017: qué cambió y por qué importa cuál firmaste

Contexto del Mercado: en Latinoamérica conviven hoy dos generaciones de contratos FIDIC. Muchos proyectos en ejecución siguen bajo la edición 1999 —incluida la edición armonizada para la banca multilateral, construida sobre el Libro Rojo 1999— y los contratos nuevos llegan cada vez más con la edición 2017. Los equipos de obra, en cambio, suelen haber aprendido FIDIC con una sola de ellas.

 

Nuestra Experiencia: COMAD LATAM es la primera y única consultora en Latinoamérica especializada en contratos FIDIC, con los tres FIDIC Certified Trainers de Latinoamérica. En los proyectos que acompañamos, el desfase más frecuente está en los procedimientos internos: el contrato firmado es 2017 y la forma de notificar, registrar y reclamar sigue siendo la de 1999.

 

Lo que aprenderás: las diferencias entre la edición 1999 y la 2017 que cambian la posición de una parte, qué plazos nuevos conviene tener en el calendario del proyecto, qué debe ajustar un equipo que viene de trabajar con 1999, y cómo identificar en tu contrato cuál edición firmaste.

Tu equipo aprendió FIDIC con la edición 1999. El contrato que acaba de firmar tu constructora es 2017. Los dos dicen «Libro Rojo» en la portada y los dos tienen una cláusula 20. Ahí terminan las coincidencias útiles.

 

La edición 2017 es una reescritura amplia. Sus condiciones generales son considerablemente más extensas, detallan mucho más los procedimientos y reparten con más simetría las cargas entre las partes. Para quien administra el contrato, saber cuál firmó define qué hacer, en qué orden y ante quién.

 

Ingeniero de obra con los documentos del contrato FIDIC frente a un viaducto en construcción con grúas

 

 

Las diferencias que cambian la posición de una parte

 

1. Los reclamos: ahora las reglas son iguales para las dos partes

 

En 1999, la cláusula 20.1 regula los reclamos del contratista: debe notificar dentro de los 28 días siguientes a que conoció, o debió conocer, el hecho que da lugar al reclamo. Los reclamos del contratante siguen otra vía (cláusula 2.5), con requisitos menos estrictos. Lo explicamos a detalle en los 28 días de la cláusula 20.1.

 

En 2017, la cláusula 20 se titula «Reclamos del Contratante y del Contratista» y aplica el mismo procedimiento a ambos:

 

  • Aviso de Reclamo dentro de los 28 días siguientes a que la parte conoció, o debió conocer, el hecho. Presentado fuera de plazo, el reclamo se extingue, para cualquiera de las dos partes.
  • Reclamo plenamente detallado dentro de los 84 días, con su fundamento contractual o legal.
  • El Ingeniero puede objetar si considera que el aviso llegó tarde, y esa objeción tiene su propio plazo.

 

Qué significa para tu equipo: el control de plazos de reclamo ahora es de ida y vuelta. Tu constructora vigila sus propios avisos y también los del contratante.

 

2. El Ingeniero: más neutral y con plazos para decidir

 

En 1999 (cláusula 3.5), el Ingeniero hace una «determinación justa» tras consultar a las partes.

 

En 2017 (cláusula 3.7), el procedimiento es más estructurado:

 

  • El Ingeniero actúa de forma neutral al acordar o determinar, y no se le considera actuando por cuenta del contratante en esa función.
  • Primero busca un acuerdo entre las partes; si no se logra, emite una determinación. Ambas etapas tienen plazos definidos.
  • La parte inconforme debe presentar una Notificación de Inconformidad dentro de 28 días. Si nadie la presenta, la determinación queda firme y obligatoria.

 

Qué significa para tu equipo: cada determinación del Ingeniero abre un plazo de 28 días que conviene tener en el calendario del proyecto. Lo contamos a fondo en la función del Ingeniero FIDIC.

 

Infografía comparativa FIDIC 1999 vs 2017: reclamos, rol del Ingeniero, disputas, eventos excepcionales y gestión diaria

 

 

3. Las disputas: una cláusula propia y un DAAB que previene

 

En 1999, las disputas están en la misma cláusula 20 (subcláusulas 20.2 a 20.8). El Libro Rojo prevé un DAB permanente; el Amarillo y el Plata, un DAB ad hoc que se integra cuando surge la disputa.

 

En 2017, las disputas pasan a la cláusula 21 y el panel se convierte en DAAB (Dispute Avoidance/Adjudication Board): permanente en los tres libros principales y con una función nueva, la prevención. Las partes pueden pedirle en conjunto que ayude a resolver una diferencia de forma informal, antes de que escale a disputa.

 

Los pasos formales se mantienen: decisión del DAAB en 84 días, 28 días para notificar la inconformidad con esa decisión, un periodo de arreglo amistoso y, al final, arbitraje. El periodo de arreglo amistoso se acortó respecto de 1999.

 

4. Fuerza mayor pasa a llamarse Eventos Excepcionales

 

La cláusula 19 de 1999 («Fuerza Mayor») se convierte en la cláusula 18 de 2017 («Eventos Excepcionales»). El cambio de nombre busca separarse de las distintas definiciones de fuerza mayor en las leyes nacionales y dejar un concepto contractual propio. Le dedicaremos un artículo completo en noviembre.

 

5. Más gestión diaria del proyecto

 

La edición 2017 da mucho más peso a la administración cotidiana:

 

  • Programa de obra (cláusula 8.3) con contenido mínimo detallado y revisiones periódicas: se convierte en una herramienta de prueba para cualquier reclamo de plazo.
  • Aviso anticipado (cláusula 8.4): cada parte avisa a la otra de hechos que puedan afectar el plazo, el costo o la calidad.
  • Sistema de gestión de la calidad del contratista (cláusula 4.9).
  • Notificaciones formales (cláusula 1.3): deben identificarse expresamente como tales. Un correo informal difícilmente cuenta como Aviso.

 

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Tabla rápida: 1999 frente a 2017

 

TemaEdición 1999Edición 2017
Número de cláusulas2021
ReclamosCl. 20.1, contratista · Cl. 2.5, contratanteCl. 20, mismo procedimiento para ambos
Aviso de reclamo28 días (contratista)28 días (ambas partes)
Reclamo detallado42 días84 días
Determinación del IngenieroCl. 3.5, «determinación justa»Cl. 3.7, actuación neutral, plazos definidos
DisputasCl. 20.2-20.8 · DABCl. 21 · DAAB con función preventiva
Fuerza mayorCl. 19, Fuerza MayorCl. 18, Eventos Excepcionales
Programa de obraCl. 8.3, contenido generalCl. 8.3, contenido mínimo detallado

 

Qué ajustar si tu equipo viene de la edición 1999

 

  1. Actualiza el calendario de plazos. Agrega los 28 días para responder a cada determinación del Ingeniero y el plazo del reclamo detallado de la edición 2017.
  2. Vigila también los reclamos del contratante. En 2017 están sujetos a los mismos plazos; conocerlos es parte de tu defensa.
  3. Revisa tus formatos de notificación. Que cada Aviso se identifique expresamente como tal y cite la cláusula.
  4. Convierte el programa de obra en evidencia. Mantén las revisiones al día y ligadas a la bitácora de obra. Ver la documentación diaria del Ingeniero de Sitio.
  5. Aprovecha el DAAB para prevenir. Llevar una diferencia técnica al DAAB a tiempo protege el flujo de caja y la relación con el contratante.

 

Cómo saber qué edición firmaste

 

Busca en el acuerdo contractual o en los Datos del Contrato el título completo de las condiciones generales adoptadas y su año. Tres pistas rápidas:

 

  • Si las disputas están en la cláusula 21, es 2017.
  • Si el contrato menciona el DAAB, es 2017; si menciona el DAB, es 1999 o la edición MDB.
  • Si dice «edición armonizada» o hace referencia a un banco multilateral, revisa la edición FIDIC MDB, que se construyó sobre el Libro Rojo 1999.

Preguntas frecuentes

 

¿Cuál es la principal diferencia entre FIDIC 1999 y 2017?

 

El procedimiento de reclamos. En 2017 contratante y contratista siguen las mismas reglas y plazos, y el aviso fuera de plazo extingue el reclamo de cualquiera de las dos partes. También cambian el papel del Ingeniero, que actúa de forma neutral con plazos definidos, y la solución de disputas, que pasa a la cláusula 21 con un DAAB preventivo.

 

¿Sigue vigente la edición 1999?

 

Sí. Las partes pueden elegir la edición que prefieran, y muchos contratos en ejecución siguen bajo 1999, incluida la edición armonizada de la banca multilateral. Lo importante es identificar cuál firmaste y administrar el contrato con sus reglas.

 

¿Los 28 días para reclamar son iguales en las dos ediciones?

 

El plazo de 28 días para el aviso existe en ambas. La diferencia es que en 2017 aplica también a los reclamos del contratante y que el reclamo detallado tiene un plazo distinto. Conviene revisar además si las condiciones particulares de tu contrato modificaron esos plazos.

 

¿Qué es el DAAB y en qué se diferencia del DAB?

 

El DAB (Dispute Adjudication Board) de 1999 decide disputas. El DAAB (Dispute Avoidance/Adjudication Board) de 2017 además ayuda a prevenirlas: las partes pueden pedirle en conjunto que intervenga de forma informal antes de que una diferencia se convierta en disputa.

 

¿Qué pasó con la cláusula de fuerza mayor en 2017?

 

Se reemplazó por la cláusula 18, «Eventos Excepcionales», con un concepto contractual propio que se separa de las definiciones de fuerza mayor de cada ley nacional.

 

¿Tu equipo ya trabaja con los procedimientos de la edición que firmaste? Mídelo con el Diagnóstico FIDIC de 20 preguntas, acceso de cortesía: https://comad.lat/diagnostico-fidic/

 

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